Escrito por 11:36 pm Actualidad, Sectores Productivos

La tasa minera contradice los anuncios de Daniel Noboa: un freno a la inversión y una demanda por inconstitucional

La tasa minera recaudatoria impuesta por el Gobierno de Daniel Noboa es un harakiri para un país ávido de inversión extranjera. Ecuador es, en América del Sur, la nación con menores capitales foráneos nuevos.

¿Cómo explicaría el mandatario en sus viajes al exterior un impuesto que altera los planes de quienes creyeron en que el país había cambiado?


Esta semana han empezado los reclamos legales por una tasa que preocupa un sector -la minería forma, claro está- que tiene las mayores exigencias.

Ingresos por exportaciones de productos mineros:

PeriodoTMFOB en millones
Enero-Abril 2024243,2965,5
Enero-abril 2025258,21.106,1

La minería es el cuarto producto no petrolero de exportación después del banano. Entre enero y abril de 2025 creció sobre el 14 % en valores FOB (Puesto sobre muelle), de acuerdo con las estadísticas del Banco Central del Ecuador (BCE).

La empresa minera Hanrine, ha presentado una demanda de inconstitucionalidad. El primer argumento es que la La Agencia de Regulación y Control Minero de Ecuado, ARCOM, carece de competencia para crear tributos de esta naturaleza, ya que, conforme a los artículos 135 y 301 de la Constitución, solo el Presidente de la República puede presentar proyectos de ley que creen, modifiquen o supriman impuestos, y únicamente la Asamblea Nacional, mediante ley, puede aprobarlos.

La resolución ARCOM-003/25, mediante la cual se establece la tasa impugnada, no fue emitida en cumplimiento de este procedimiento, lo que convierte a la “disposición en formalmente inconstitucional”. La demanda sostiene que, aunque el acto administrativo se presente como una “tasa”, por su naturaleza, configuración y elementos estructurales, constituye en realidad un impuesto.

Hanrine es subsidiaria de Hancock Prospecting, una empresa australiana propiedad de la Gina Rinehart. Opera en la provincia de Imbabura, en la zona de La Merced de Buenos Aires. Aunque en la Superintendencia de Compañías es inversión extranjera canadiense.
AccionistasOrigenCapital
CANADA ECUADORIAN HOLDINGS ONE LTD.Canadá12.375,0000
CANADA ECUADORIAN HOLDINGS TWO LTD.Canadá125,0000

Hanrine alega la inconstitucionalidad por el fondo. Incluso si se aceptara que se trata de una tasa y no de un impuesto, esta contraviene principios esenciales del derecho tributario reconocidos por la Corte Constitucional. En particular, se vulnera el principio de provocación y recuperación de costos, dado que la supuesta tasa no guarda relación con una actividad estatal específica prestada al contribuyente.

También se viola el principio de equivalencia, ya que el monto exigido no corresponde al costo real del servicio que se estaría recibiendo. En vez de eso, se basa en criterios como el número de hectáreas concesionadas y la etapa minera, sin tomar en cuenta si el titular ha recibido efectivamente algún servicio por parte del Estado, señala la demanda.

Además, la tasa resulta incompatible con los principios de equidad y progresividad tributaria, “pues impone cargas desproporcionadas a concesionarios que no han podido desarrollar su actividad. La afectación se agrava porque estos titulares mineros ya han realizado pagos previos —como las patentes de conservación y la Tasa de Amparo Administrativo— sin recibir protección estatal efectiva”. Se alega la vulneración del principio de no confiscatoriedad, ya que la carga económica impuesta puede llegar a ser tan onerosa que priva a los titulares mineros de recursos esenciales sin contraprestación, afectando así su derecho a la propiedad.

Inversión extranjera por trimestres

2023-I           94.446,1
2023-II         107.882,2
2023-III         165.127,4
2023-IIII         107.578,5
2024-I         103.891,1
2024-II           46.496,1
2024-III           88.238,4
2024-IIII           -6.511,4

En el año 2024 la inversión extranjera directa se redujo en Ecuador, pese a los anuncios del presidente Noboa de dar seguridad Jurídica.

El contexto fáctico de la demanda de inconstitucionalidad se centra en el caso del proyecto IMBA, de titularidad de Hanrine, en cuya área se ha instalado una de las mayores operaciones de minería ilegal del país. A pesar de las múltiples denuncias, pagos y acciones legales emprendidas por la empresa, el Estado no ha logrado erradicar esta situación. Mientras tanto, la compañía ha seguido pagando patentes y asumido obligaciones, sin poder realizar actividad minera alguna. La demanda de la compañía sostiene que esta nueva tasa representa un traslado de los costos de la inacción estatal al administrado, sin justificación ni base jurídica válida.

Por eso, Hanrine solicita a la Corte Constitucional que declare la inconstitucionalidad por la forma de los artículos 1 y 2 de la Resolución ARCOM-003/25, y, en caso de no acoger ese pedido, que lo haga por el fondo, debido a la vulneración de los principios constitucionales que rigen la materia tributaria. “La pretensión es que se elimine esta exacción injustificada y se restablezcan los límites a la potestad estatal en materia impositiva”.

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Etiquetas: , , , Last modified: julio 3, 2025
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