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Interoceánica en el ojo de un huracán: la Súper de Compañías dice que la aseguradora ha reconocido la inexistencia de reaseguros

El mercado societario, a la deriva. Los artificios legales -en todos los sectores- que se interponen para evitar sanciones graves, o las decisiones amañadas de la autoridad de control de las empresas, dejan en evidencia de su deterioro.

Desde la defraudación al Instituto de Seguridad Social de la Policía (Isspol) y otros inversionistas, hasta las endebles sanciones a casas de valores, bolsas, calificadoras de riesgo y hasta las permisivas decisiones a empresas del sector asegurador y de asuntos más graves aún como la mafia Albanesa, dan cuenta de su “deterioro moral”. Al menos las denuncias, los procesos judiciales y los hechos demuestran aquello.

Un caso del cual se está hablando es el de Interoceánica de Seguros. Intentamos entrevistar a sus directivos sobre su situación ante las acusaciones de la Superintendencia de Compañías, pero la respuesta fue negativa, solo un párrafo escueto: “Interoceánica siempre ha cumplido y continuará cumpliendo con sus obligaciones y deberes establecidos tanto en las leyes ecuatorianas como en las de su ente rector, la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros…”.

Por tanto, vamos a desglosar algunos detalles de la actuación de esta en empresa, datos que se encuentran en informes de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, y que hablan por sí solos. La Resolución No. SCVS-IRCVSQ-DRS-2024-00001607 del 25 de enero de este 2024 es la más contundente.

La Superintendencia sancionó administrativamente a los ejecutivos de la aseguradora con la remoción a Francisco Javier Rivadeneira Serrano, presidente ejecutivo y a Giovanni Javier Montenegro Peralvo, Gerente General, ambos representantes legales; sanciona también a los miembros principales del Directorio: Pedro Santiago Crespo Seminario, María del Carmen Peñafiel Jara, Juan José Crespo Andrade, Pedro Manuel Córdova Balda, Sixto Marcelino Dávalos Castañeda, como coadministradores de la compañía, con la multa de $ 13.800.00, correspondiente a treinta salarios básicos unificados, conforme lo dispuesto en el artículo 40 de la ley referida.

Interoceánica debió designar a un nuevo representante legal.

La empresa mantiene un contrato con el Ministerio de Defensa del Ecuador, por el casco aéreo. Para este concurso de Régimen Especial No. MDN-FP-AVN-001-2024. El Ministerio, en este caso, no invitó a todas las compañías de seguros que tienen aprobado el ramo de Casco Aéreo. Según se supo, con un llamado “estudio de mercado” el Ministerio de Defensa solo invitó a Interoceánica y Latina Seguros C.A.

La oferta que presentó Interoceánica habría sido sin respaldo de reaseguros, tal como consta en el mail Houston Casuality reasegurador internacional líder que respalda este tipo de riesgo.

El Ministerio de Defensa, en el año 2021, adjudicó a Interoceánica la contratación de la póliza de todo riesgo radares 2021-2022 con una suma asegurable de $ 90’978.406,40 con una oferta económica de $ 563.143,80. Dentro los bienes asegurados en esta póliza se encontraba el radar LTR-20 de Montecristi de un valor asegurado de 11 millones aproximadamente, que sufrió un siniestro el 7 de noviembre de 2021. Este proceso también está lleno de problemas.

El 26 de julio de 2024, Interoceánica emitió un comunicado asegurando que un día antes entregó a la Fuerza Aérea Ecuatoriana (FAE ) el cheque certificado por el valor de $ 4’980.000 sobre el límite de la cobertura de Sabotaje y Terrorismo, a pesar que la FAE solicitó la recuperación del siniestro por 7,2 millones ante la Superintendencia de Compañías afectando al Estado con más de 2 millones de dólares, aduciendo que el pago de la indemnización fue bajo el límite de la cobertura de sabotaje y terrorismo que es 5 millones, cuando la causa del siniestro fue daño malicioso. Por lo que la FAE está en litigio en la justicia ordinaria.

Las acciones presuntamente irregulares de la aseguradora vienen desde hace 7 años. En diciembre de 2021 Víctor Manuel Anchundia, en su labor como superintendente de Compañías, indicó que Interoceánica “ha venido presentado una serie de problemas relacionados con sus contratos de reaseguros, desde el año 2017, la Intendencia Nacional de Seguros ha venido insistiendo en la regularización de estos contratos de reaseguro”.

Marco López Narváez, actual superintendente mediante el oficio No. SCVS-2023-00069185-O denunció ante la fiscal general del Estado, Diana Salazar, la inexistencia de los contratos de reaseguros, a lo que añadió también “……Interoceánica asumió la totalidad de los riesgo de manera directa…. ”, y se solicitó se tomen las acciones e investigaciones pertinentes”.

Mediante la Resolución No. SCVS-IRCVSQ-DRS-2024-00001607 del 25 de enero de 2024 la Superintendencia señala que se evidenció y ratificó varios incumplimientos e irregularidades de Interoceánica C.A. Compañía Anónima de Seguros como por ejemplo: no entregó a la comisión de auditoría de este ente de control los contratos de reaseguros, no presento evidencia documental de los pagos a los reaseguradores, adicional textualmente menciona: “Interoceánica, además de no justificar le existencia los contratos de reaseguros antes detallado, – expresamente- ha reconocido y manifestado la inexistencia de los mismos, …”

Conforme lo estipula la ley de seguros ninguna compañía de seguros puede emitir una póliza que no cuente con respaldo de reaseguros automáticos o facultativos. Defensa está expuesto a que en caso de un siniestro Interoceánica Compañía Anónima de Seguros no pague.

Además, cualquier póliza que emita Interoceánica sin respaldo de reaseguros es ilegal. Es por esto que el presidente Ejecutivo Francisco Javier Rivadeneira Serrano y el Gerente General Giovanni Javier Montenegro Peralvo fueron destituidos.

La falta de reaseguros se expone el patrimonio del Estado ecuatoriano. Ante todas estas “ilegalidades, irregularidades e incumplimientos” el Ministerio de Defensa debería dar considerar la anulación de dichos procesos y llamar a una nueva licitación apegados a la ley con compañías de seguros solventes que cumplan la ley que tengan respaldo ge reaseguros, se indica.

Con relación a los convenios facultativos, Interoceánica no justificó debida y documentadamente el pago de los convenios de reaseguros facultativos. Según la ley los contratos facultativos de reaseguro o de retrocesión se prueban por medio del documento de colocación facultativa, o mediante la correspondencia intercambiada entre los contratantes, por cualquier medio de comunicación escrito.

Las notas de cobertura suscritas por los intermediarios de reaseguros deben contener la información que refleje las características del riesgo, sus condiciones de contratación y los clausulados inherentes a los contratos de reaseguros, estar firmadas por el reasegurador o soportada la confirmación por un documento o medio escrito que respalde la aceptación del reaseguro. También deberá contar con el documento que pruebe la confirmación de su aceptación en cada caso, a través de algún medio escrito. Para los períodos 2017, 2018, 2019 y 2020, que sustentan el formulario 310 “Detalle de los Contratos de Reaseguros y Retrocesiones”, reportado al organismo de control la comisión de auditoría no contó con la información de respaldo que sustente la suscripción de los contratos automáticos de reaseguros proporcionales en algunos ramos.

Durante los años 2017, 2018, 2019 y 2020 Interoceánica registró en la cuenta 5.2.03 “Comisiones Recibidas” valores por ingresos por comisiones de reaseguros cedidos, sin contar con el respaldo de la suscripción de los contratos de reaseguros inobservando lo establecido en el Catálogo Único de Cuentas.

En el caso de Seguros Sucre, cuyo reaseguros entregados a empresas de Diego Sánchez, se ha denunciado que, o eran falsos o no existían, Marco López no ha iniciado procesos, lo cual genera dudas sobre la labor de control del superintendente.

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Etiquetas: , , , , , , Last modified: agosto 23, 2024
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